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Túnel Subfluvial: aclaración sobre el valor de la tarifa

En caso de faltante de monedas, habrá redondeo hacia el menor precio. Es decir que los usuarios pagarán 60 pesos.

El valor del peaje en el Túnel Uranga-Sylvestre Begnis fue un tema de atención este fin de semana para aquellos usuarios de la vía para cruzar entre Santa Fe y Paraná. Este sábado por la noche, en los peajes del túnel subfluvial, parece que se terminó el cambio y con él, la posibilidad de dar vuelto. Por ello, alrededor de las 22, la administración del viaducto interprovincial, tomó la decisión de aumentar la tarifa para los automóviles, llevándola de 65 a 70 pesos. Ante la intempestiva decisión, muchos se preguntaron, y por qué en vez de subir la tarifa en cinco pesos, no bajaron el precio y de esa forma, también se conseguía un redondeo que evite la utilización de dichos valores.

Sin embargo y a poco de viralizarse la noticia, las autoridades del ente decidieron revertir la decisión. Las áreas técnicas del organismo se justificaron al señalar que fue un error de actualización del software que regula el sistema, que rápidamente fue corregido.

El Túnel subfluvial informa a los usuarios que, ante el faltante de monedas de cinco pesos, en caso de impedimento para otorgar cambio a los usuarios de las categorías cuyo valor nominal requiera ese tipo operación, se les aplicará este domingo un descuento hacia el valor inmediato inferior.

En tal sentido, el directorio de la entidad tomó la decisión de desactivar dicho sistema hasta este lunes, cuando se el Concejo Superior del organismo evaluará la medida a adoptar.

Se recuerda que desde el mes de junio de 2019 el enlace no realiza ningún tipo de actualización de tarifas, medida que continuó con las nuevas autoridades, que resolvieron no realizar ningún tipo de ajuste en función del contexto económico y social que vive el país.

Actualmente la tarifa para automóviles está en $65, y si se aplica el redondeo hacia el valor inferior, el conductor debería abonar $60.

Cabe aclarar que la Ley de Redondeo Nº 25.954 en su artículo 9º bis de la ley de Lealtad Comercial establece: En todos aquellos casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a CINCO (5) centavos y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del consumidor.

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