Santa Fe

La Provincia prorrogó nuevamente los vencimientos impositivos

La medida fue adoptada en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia del COVID-19. Consultá en la nota hasta cuándo se pueden abonar los tributos.

La Administración Provincial de Impuestos (API) informó la prorroga de los vencimientos impositivos correspondientes al mes de mayo.

De esta manera, los vencimientos de los tributos previstos para el mes de mayo de 2020, serán considerados presentados y/o pagados en término, cuando se efectúen dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores a los mismos. La medida fue adoptada en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia del COVID-19, que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Los vencimientos de mayo corresponden a:

-Ingresos Brutos – Régimen Simplificado, cuota del mes de mayo

-Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen General, cuarto anticipo, para los contribuyentes cuyo impuesto determinado para dicho anticipo sea inferior a $10.000

-Impuesto Inmobiliario Rural – 3° cuota

-Aporte al Instituto Becario, quincena 8/2020

-Cuotas de planes de pagos cuando el contribuyente no posea CBU bancaria para su pago.

En relación a los vencimientos previstos originalmente en los meses de marzo y abril/2020, oportunamente prorrogados, se dispone que serán considerados presentados y/o pagados en término, cuando se efectúen dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores a su ultimo vencimiento reprogramado.

 Los vencimientos corresponden a:

-Impuesto Inmobiliario Urbano, segunda cuota, cuando su importe sea de hasta $ 673

-Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen General, segundo y tercer anticipo, para los contribuyentes cuyo impuesto determinado para dichos anticipos sea inferior a $10.000

-Ingresos Brutos – Régimen Simplificado, cuota del mes de marzo y abril/2020

-Aporte al Instituto Becario, quincenas 05 y 06 /2020

-Cuotas de planes de pagos cuando el contribuyente no posea CBU y las mismas hubieren vencido durante en el mes de abril de 2020

Finalmente, desde la API recuerdan a los contribuyentes utilizar los medios de pago electrónicos habilitados, como así también obtener un turno online para su atención personalizada.

Fuente: GSF

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