Discapacidad: el Concejo aprobó una ordenanza sobre equinoterapia
La norma brinda un marco regulatorio para que los centros de actividades ecuestres desarrollados por equipos interdisciplinarios puedan prestar un mejor servicio de la salud a las personas con discapacidad. La iniciativa fue impulsada por el concejal Leandro González.
Con el objetivo de regular la habilitación de los espacios ecuestres con fines terapéuticos para personas con discapacidad en Santa Fe, en la sesión del último jueves el Concejo Municipal aprobó un Proyecto de Ordenanza que introduce modificaciones al Reglamento de Ordenamiento Urbano (ROU) incorporando a los centros de equinoterapia.
La iniciativa presentada por el concejal Leandro González y aprobada por el cuerpo legislativo brinda marco regulatorio adecuado para la terapia asistida con caballos, una forma de abordaje interdisciplinario para la integración y el desarrollo de niños, niñas y personas con discapacidad, conforme a la Ley Provincial N° 13.689.
“El espíritu de la ordenanza pretende disminuir los factores de riesgo y garantizar la correcta realización de la actividad de manera profesional y plantea parámetros claros para las actividades terapéuticas en las que confluyen pacientes, profesionales de la salud, médicos veterinarios y animales”, expresó el concejal González.
Además de la inclusión de estos centros terapéuticos en la categoría correspondiente a “Sanidad” del Cuadro de Usos Múltiples que establece el ROU a través de la Ordenanza Nº 11.748, la norma establece requerimientos específicos para los centros de actividades ecuestres.
A partir de ahora, los espacios terapéuticos habilitados deberán como contar con seguro de responsabilidad civil, instalaciones equipadas (sala de primeros auxilios, espacios adecuados para el bienestar de los caballos, accesibilidad para personas con movilidad reducida, zona de pista y descanso), y elementos de protección y seguridad para los usuarios (cascos, monturas convencionales y adaptadas, mandiles, etc.).
Del mismo modo, la norma requiere que los profesionales de la salud y los médicos veterinarios que integren los equipos interdisciplinarios, deban estar inscriptos en el Registro de Espacios y Equipos de Actividad Ecuestre para personas con discapacidad, como lo dispone la normativa provincial.
“Esta iniciativa se adecúa a los criterios legales adoptados por la Convención Internacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Plan Municipal de Accesibilidad y la Ley Provincial Nº 13.689 de Equinoterapia; con la intención de garantizar la protección de los derechos de las personas con discapacidad, los trabajadores y de los animales”, reflexionó González.
La norma fue resultado de un largo proceso de diálogo y trabajo conjunto con la Asociación Santafesina de Equinoterapia y compartido con más de diez centros de equinoterapia de la ciudad y la provincia.
“Creemos que tener reglas claras para la realización de las terapias asistidas con caballos contribuye a la profesionalización de la actividad, permitiendo que se desarrolle ordenadamente, y generando beneficios para toda la comunidad, los trabajadores, pacientes, familiares y animales”, declaró el concejal del Frente Progresista.
Se estima que en el país existen alrededor de 100 centros y más de 20 en la provincia de Santa Fe, y casi en su totalidad no poseen habilitación para realizar este tipo de actividades.
Terapia asistida con caballos
Según se explica en los fundamentos de la norma propuesta por el concejal González, existen tres tipos de terapia asistida con caballos: la hipoterapia, la equitación terapéutica y la equitación adaptada.
La hipoterapia consiste en aprovechar los principios terapéuticos del caballo para tratar personas con discapacidades físicas adquiridas o congénitas, y aprovechar los impulsos rítmicos, el movimiento tridimensional y la transmisión del calor corporal.
La equitación terapéutica apunta a estimular la sensibilidad de los sentidos, a aumentar la afectividad, aumentar la concentración y la incorporación pautada de acciones para contribuir a la independencia de las personas con discapacidad que presenten problemas de aprendizaje y adaptación.
En tanto que la equitación adaptada garantiza la accesibilidad de la práctica ecuestre de manera lúdica o deportiva, a personas que por su discapacidad precisan condiciones y elementos específicos para montar el caballo.
Fuente: Concejo SF